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La reforma laboral en el sector de las mudanzas

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29/03/2022
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Artículo publicado originalmente en la Revista Transporte Profesional en la edición de marzo de 2022 ➡ Ver publicación

Un taller impartido por el asesor Miguel Pereira instruye ante los cambios que se generarán en el mercado laboral.

FEDEM alienta a empresas de mudanzas a replantear su futuro ante la reforma laboral

FEDEM alienta a empresas de mudanzas a replantear su futuro ante la reforma laboral

La reforma laboral puede perjudicar de manera grave al sector de las mudanzas. Así lo mostraron empresas del sector durante el taller a través de Internet que impartió el asesor laboral, Miguel Pereira, del despacho Pereira Menaut, abogado experto en transportes y en cuestiones laborales, y que organizó la Federación Española de Empresas de Mudanzas (FEDEM).

Tras un profundo análisis de la reforma laboral, llevada a cabo por el Gobierno de Pedro Sánchez con el apoyo de sindicatos y patronal, Miguel Pereira instó a las empresas de mudanzas a «replantear su futuro» en el aspecto laboral por los cambios que se avecinan.

El más grave, el que más puede perjudicar al sector es el relacionado con la temporalidad de los trabajadores, que esta reforma laboral, «que no es derogar la anterior» -como recalcó Pereira-, trata de erradicar.

Así, se insistió en la necesidad de que las empresas de mudanzas deben analizar con profundidad sus volúmenes de trabajo y las necesidades que tienen respecto a la contratación de trabajadores, antes de proceder a firmar contratos de trabajo que puedan vulnerar la nueva ley, ya que su objetivo es «perseguir» la temporalidad.

Por obra y servicio

Miguel Pereira recordó que en esta nueva regulación laboral se produce una «presunción de indefinido de los contratos», ya que se apuesta, de «manera clara y concisa», porque aquellos contratos temporales y, en concreto, los denominados «por obra y servicio», se conviertan en indefinidos.

«Se prevé la eliminación de contratos tradicionales, de los que hay cuatro millones de contratos por obra y servicio; así como un endurecimiento del encadenamiento contratos», añadió el asesor laboral. Entre las novedades que aporta esta nueva ley laboral está «la fijeza del puesto» o “la justificación de su duración» que tendrá especial «importancia en la formalización de los contratos», así como una «cotización adicional de los contratos de menos de 30 días» y un «endurecimiento de sanciones», que irán de los 1.000 a los 10.000 euros por cada contrato fraudulento.

Miguel Pereira también concretó que los cambios más significativos están relacionados con los contratos formativos y con un único contrato de duración determinada, que serán «por circunstancia de la producción» y para «sustitución».

El contrato por circunstancias de la producción generará, a juicio de este asesor laboral, una “absoluta inseguridad jurídica» debido a los «conceptos jurídicos indeterminados». En cuanto al contrato fijo-discontinuo, Pereira reveló que es el «auténtico protagonista de la reforma», ya que «está llamado a sustituir a los contratos temporales».

Las causas especificadas para este tipo de contratos son: «la realización de trabajos de naturaleza estacional o vinculados a actividades productivas de temporada», el «desarrollo de aquellos que no tengan dicha naturaleza pero que, siendo de prestación intermitente, tengan periodos de ejecución ciertos, determinados o indeterminados» y para el «desarrollo de trabajos consistentes en la prestación de ser al marco de la ejecución de contratas mercantiles o administrativas que, siendo previsibles, formen parte de la actividad ordinaria de la empresa».

En términos generales, Miguel Pereira reclamó a las empresas de mudanzas la necesidad de que se reorienten ante esta nueva Ley laboral, ya que, en este sector, es muy frecuente la existencia de contratos temporales, en función de las necesidades de la empresa.

Entre las conclusiones que aportó destacan: «se trata de una reforma parcial, pero ambiciosa, y que la convierte en un auténtico cambio de modelo; es una reforma técnicamente mejorable, pues genera conflictividad e inseguridad jurídica; exige un replanteamiento empresarial urgente y tendrá un papel fundamental de la negociación colectiva en su desarrollo».

 

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