Ayer, 23 de febrero de 2022, se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 2/2022, del día anterior, por el que se adoptan medidas urgentes para la protección de los trabajadores autónomos, para la transición hacia los mecanismos estructurales de defensa del empleo, y para la recuperación económica y social de la isla de La Palma, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica (“RDL 2/2022”), mediante el que se prorrogan, quizá por última vez, y hasta 31 de marzo de 2022, los ya famosos ‘ERTEs Covid’ y las medidas complementarias que los han acompañado, con sus respectivas modificaciones, desde el inicio de la pandemia.
ÍNDICE
El contenido esencial del citado RDL 2/2022, que en buena medida se refiere al anterior Real Decreto-ley 18/2021, de 28 de septiembre, de medidas urgentes para la protección del empleo, la recuperación económica y la mejora del mercado de trabajo (“RDL 18/2021”), puede sintetizarse de la siguiente manera:
1.1 ERTEs ETOP y por Fuerza Mayor prorrogados, previa autorización administrativa, solicitada por las empresas entre el 1 y el 15 de octubre de 2021.
1.2 ERTEs por Impedimento o Limitación autorizados por la Autoridad Laboral como consecuencia de las restricciones en la actividad impuestas a causa de la pandemia Covid-19.
1.3 ERTEs ETOP relacionados con la situación ocasionada por el Covid-19 e implementados en las empresas tras la previa aplicación de un ERTE Fureza Mayor por causa del Covid-19.
2.1 Se mantienen las especialidades en cuanto a la percepción de prestaciones por desempleo de los trabajadores afectados por los ERTEs.
2.2 Se mantiene también el controvertido compromiso de mantenimiento del empleo para aquellas empresas que se hayan exonerado de cuotas a la Seguridad Social en anteriores ERTEs, implementándose un nuevo período de seis meses de compromiso para aquellas empresas que se exoneren de cuotas conforme a este último RDL 2/2022.
Recuérdese, como indicamos ya en nuestro artículo sobre la anterior prórroga de los ERTE, que el compromiso de mantenimiento del empleo incluye, entre otras medidas, la obligación de devolver todas las cuotas exoneradas a la Seguridad Social en caso de extinciones contractuales imputables a la Empresa, la prohibición de realización de horas extraordinarias, efectuar nuevas contrataciones y externalizaciones de actividad.
3.1 Se mantiene el sistema de exoneración de cuotas a la Seguridad Social establecido en el artículo 4 del RDL 18/2021, aunque se modifican los porcentajes de exoneración:
3.1.1 ERTEs Fuerza Mayor por impedimento de actividad: Se prevé la posibilidad de exoneración del 90% de las cuotas de los trabajadores afectados por el ERTE durante el período de suspensión.
3.1.2 ERTEs Fuerza Mayor por limitación de actividad: Se establecen distintos porcentajes de exoneración en función de la realización o no de acciones formativas:
El RDL 2/2022 mantiene el procedimiento de solicitud de exoneraciones que se ha venido aplicando con anterioridad y que supone: 1) tramitar mediante el sistema RED comunicación de la empresa, adjuntando declaración responsable respecto a los trabajadores afectados, períodos de afectación y acciones formativas, en su caso, y 2) presentar dicha comunicación y declaración responsable con anterioridad a la solicitud del cálculo de la liquidación de cuotas correspondiente al período de devengo de las primeras cuotas sobre las que tengan efectos dichas declaraciones.
Si tienes alguna duda sobre este asunto, contacta con nosotros. En Pereira Menaut Abogados contamos con un excelente equipo de abogados especialistas en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en Madrid.
Cookie | Duración | Descripción |
---|---|---|
cli_user_preference | 1 año | Se usa para almacenar las preferencias de cookies del usuario. |
cookielawinfo-checkbox-necessary | 11 meses | Esta cookie es establecida por el plugin GDPR Cookie Consent. Las cookies se utilizan para almacenar el consentimiento del usuario para las cookies en la categoría "Necesario". |
cookielawinfo-checkbox-non-necessary | 11 meses | Esta cookie es establecida por el plugin GDPR Cookie Consent. La cookie se utiliza para almacenar el consentimiento del usuario para las cookies en la categoría "No necesario". |
CookieLawInfoConsent | 1 año | Se utiliza para almacenar el consentimiento de las cookies por el usuario. |
viewed_cookie_policy | 11 meses | La cookie es establecida por el plugin GDPR Cookie Consent y se utiliza para almacenar si el usuario ha consentido o no el uso de cookies. No almacena ningún dato personal. |
Cookie | Duración | Descripción |
---|---|---|
_ga | 2 años | Esta cookie es instalada por Google Analytics. La cookie se utiliza para calcular los datos de los visitantes, de la sesión y de la campaña y para hacer un seguimiento del uso del sitio para el informe de análisis del sitio. La cookie almacena la información de forma anónima y asigna un número generado aleatoriamente para identificar a los visitantes únicos. |
_gat_gtag_UA_139921623_1 | 1 minuto | Google utiliza esta cookie para distinguir a los usuarios. |
_gid | 1 día | Esta cookie es instalada por Google Analytics. La cookie se utiliza para almacenar información sobre el uso que hacen los visitantes de un sitio web y ayuda a crear un informe analítico sobre el funcionamiento del sitio web. Los datos recogidos incluyen el número de visitantes, la fuente de la que proceden y las páginas visitadas de forma anónima. |